En la práctica profesional he
considerado indispensable que los jóvenes abogados asociados tengan contacto
con los clientes desde el inicio de su ejercicio profesional y por ello con
frecuencia les invito a participar en las reuniones con mantengo con tales
personas. Así no puedo olvidar un caso, consultado por una cliente hace varios
años, en el que el asociado demostraba un inusual interés. De hecho no sólo destinaba
mucho tiempo al mismo sino que además siempre tenía interés en estar presente en
cada reunión. En más de una ocasión propuso inclusive que deberíamos tomar una
complicada y larga estrategia con el fin
de satisfacer la necesidad primordial del cliente.
Tampoco es difícil el olvidar la
actitud que una asociada mantenía hacia los casos, complejos y de larga
duración, que teníamos con una persona ya de edad avanzada que había sido
víctima de una serie de abusos que ponía en riesgo su fortuna. En este caso, la
asociada siempre sugería que las discusiones judiciales no debían alargarse y
que en lo posible se debía buscar una pronta terminación de las causas, aun
cuando ello podía significar la insatisfacción de las necesidades del cliente.
Sin duda alguna, la primera idea
que nos viene a la mente frente a las dos reacciones de estos dos profesionales
será que en el primer caso se trataba de una persona extremadamente responsable
y que se conducía con un celo profesional extremo, mientras que en segundo caso
parecería ser una situación en la que la irresponsabilidad era la norma de
conducta de este profesional. Sin embargo, debo señalar que en ambos casos los
jóvenes profesionales eran personas responsables y que siempre tomaron con
seriedad su trabajo. Por ello, creo que resulta indispensable mencionar algunos
detalles adicionales sobre los clientes.
En el primer caso, la cliente no
sólo era una persona atractiva sino que desbordaba simpatía y no perdía la
oportunidad de mantener inocentes coqueteos con el asociado. Además de manera
permanente alababa el trabajo realizado y nunca dejó de reconocer la valía de
sus comentarios y propuestas. En el segundo caso, nuestro cliente era de
carácter difícil, impositivo y con muy poca tolerancia hacia las ideas y
propuestas de los jóvenes. En general, creía que los jóvenes nada debían opinar
y que simplemente debían seguir aquello que los más experimentados sugerían.
Además en más de una ocasión realizó comentarios de carácter sexista.
Una vez descritos uno y otro
cliente, es clara y entendible la conducta de los asociados. Evidentemente, ello no significa que las conductas resulten
justificables. Sin embargo, estos hechos nos permiten ilustrar de manera clara,
la existencia de interferencias en la relación cliente-abogado. Nosotros como
personas debemos reconocer que no somos inmunes frente a la personalidad,
apariencia y otras características de nuestros clientes y por ello debemos
estar atentos para asegurar que estas no interfieran de manera determinante en
el trabajo profesional. Más aún, debemos desarrollar la capacidad para poder
identificar los potenciales riesgos cuando estas interferencias se presentan.
Sin embargo, estas interferencias
no sólo se pueden presentar por las características propias del cliente sino
que también pueden responder al caso o asunto mismo que debemos atender. En
efecto, puede darse el caso de que como profesionales tomemos el caso con tal
pasión que olvidemos la necesidad del cliente y que busquemos la satisfacción
de un interés propio de carácter intelectual, es decir que la teoría jurídica
del abogado sea la aceptada por la judicatura. Evidentemente, si esto se llega
a presentar, la pasión con la se conduce el caso se ha transformado en vanidad,
la cual también constituye una interferencia que puede afectar a al cliente.
Los abogados como profesionales
debemos cuidarnos de las interferencias a las que me he referido, pues ellas
podrían afectar a nuestros clientes y con ello dejar de atender y proteger su
mejor interés.
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