miércoles, 20 de julio de 2022

DERECHOS HUMANOS: ¿SÓLO PARA LOS DELINCUENTES?

 Desde hace treinta años he venido trabajando como defensor de derechos humanos. En todo este tiempo una pregunta que se me ha hecho con frecuencia es ¿por qué los defensores únicamente trabajan en defender los derechos de los delincuentes? Esta pregunta, que en realidad envuelve una afirmación, siempre ha tenido como respuesta que la defensa es en favor de todas las personas que son víctimas del ejercicio arbitrario del poder. 

 

Se debe recordar que en principio (existen excepciones) únicamente el Estado puede violar los derechos humanos. Bajo este presupuesto, las personas que se ven expuestas de manera directa al ejercicio de potestades públicas son quienes con más frecuencia son víctimas de violaciones a sus derechos. 

 

En este contexto, aquellas personas que deben enfrentar procesos penales tanto como procesados y como víctimas del delito son quienes con mayor frecuencia sufren las consecuencias de violaciones a los derechos humanos. Las primeras en general derivadas de acciones directas del Estado y las segundas por omisiones de éste.  

 

La detención de una persona implica por una parte que el derecho humano a libertad personal se vea restringido y por otra que como consecuencia de encontrarse bajo control del Estado éste adquiera la obligación particular de garantizar de manera estricta los otros derechos del detenido. Así, resulta esencial la protección del derecho a la vida y a la integridad personal derivada de la prohibición de someter al detenido a tortura y otros tratos crueles e inhumanos.

 

Precisamente por lo indicado, el Estado debe asegurar además que el detenido sea puesto a órdenes de un juez y que se le garantice en todo momento el derecho a la defensa así como la protección judicial para ampararse en contra de cualquier forma de detención ilegal.  La infracción a los deberes del Estado podría conducir no sólo a la generación de responsabilidad para el Estado sino que además podría impedir la sanción del delito. 

 

La víctima del delito tiene derecho a que sus derechos sean judicialmente protegidos. Por ello, no sólo debe contar con un proceso justo que pueda concluir con la sanción del responsable sino también con la determinación de los mecanismos de reparación integral de los derechos afectados. Si el Estado es incapaz de cumplir con su deber de investigación y sanción del delito, se violan los derechos humanos de la víctima. 

 

Aquí también se debe considerar, que una de las situaciones en la cual se podría afectar los derechos humanos de la víctima sería aquella en la que el proceso penal para sancionar no pueda prosperar al existir vicios derivados de la violación de los derechos humanos de la persona investigada o procesada. Así, el respeto de los derechos humanos del procesado constituye también una garantía para la víctima pues permite mantener la validez del proceso y con ello garantizar que pueda lograrse una condena a quien comete un delito y por lo tanto   la reparación.   

 

Los derechos humanos como normas no están destinadas a la protección exclusiva de quienes incurren en hechos delictivos, por el contrario, protegen a todas las personas por igual. El Estado es el responsable, a través de quienes ejercen potestades estatales, de garantizar el pleno y efectivo goce y protección de los derechos humanos a todas las personas. 

 

El trabajo de los defensores de derechos humanos implica una constante lucha en contra de la arbitrariedad estatal.